sábado, 27 de agosto de 2016

Salario



Uno de los elementos del contrato de trabajo es la remuneración, la cual consisten en la contraprestación que el empleado da en dinero o en especie al trabajo por su trabajo.
La remuneración puede darse en efectivo o en especie, caso en el cual el salario en especie no puede supera el 50 % de total del salario y tratándose del salario mínimo, máximo se puede pagar en especie hasta el 30 %.
Constituye salario no solo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo los recibe el trabajador en dinero o especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio porcentajes sobre ventas y comisión
De la norma transcrita se entiende que todo pago hecho al trabajador, no importa el concepto o definición que se le dé hace parte del salario. Ahora, el pago q2ue se haga al trabajador debe corresponder a la retribución que el empleador hace al trabajador por la prestación de sus servicios. Estos quieren decir, que aquellos pagos que no corresponden a una contraprestación por labor del trabajador, no pueden considerarse salario, como bien es el caso de la indemnización, viáticos (en los términos del ART. 130 del C.S.T), pagos por mera liberalidad el empleador, etc.


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